Regulaciones para las actividades exceptuadas

En el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio que rige por la pandemia de covid-19 (coronavirus), el Decreto N° 38/2020 determinó días y horarios para las actividades exceptuadas. 

Todos los negocios deberán ajustarse a la Resolución 41/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe, y deberán exhibir el Protocolo de Seguridad e Higiene en la puerta del local junto a la grilla horaria de su rubro. Asimismo, el municipio aclara que no se encuentra facultado per-se para habilitar el funcionamiento de actividades que no estén exceptuadas por el gobierno nacional o provincial.

- Supermercado mayoristas y minoristas, almacenes, kioscos, maxikioscos: De 8 a 17 horas. Venta en local y/o por entrega a domicilio.

- Servicios de Lavandería: De 8 a 17 horas. Venta en local y/o por entrega a domicilio.

- Comercios Minoristas venta de mercadería Elaborada: A puertas cerradas, sin atención al público. Sólo con entrega a domicilio de 8 a 17 horas.

- Corralones de materiales, venta de insumos y materiales de construcción: A puertas cerradas, sin atención al público. Sólo con entrega a domicilio de 8 a 17 horas.

- Gomerías: A puertas cerradas, sin atención al público. De 8 a 17 horas. Sólo para transporte público, vehículos de la fuerza de seguridad, vehículos afectados a las prestaciones de salud y a los del personal con autorización para circular.

- Talleres mecánicos de autos y motos y talleres de bicicletas: A puertas cerradas, sin atención al público. De 8 a 17 horas. Sólo para transporte público, vehículos de la fuerza de seguridad y vehículos afectados a las prestaciones de salud y a los del personal con autorización para circular.

- Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnósticos: De 8 a 17 horas, con sistema previo de turnos.

- Farmacias: De 8 a 17 horas. Farmacias de turno: horario completo.

- Ópticas: De 8 a 17 horas, con sistema previo de turnos.

- Consultorios Médicos: De 8 a 17 horas, con turnos espaciados y garantizando la distancia en salas de espera.

- Rotiserías/Comercios de comida elaborada: De 11 a 23 horas, sólo modalidad entrega a domicilio.

-Heladerías, Pastelería, Tortas y Postres: De 11 a 23 horas, sólo modalidad entrega a domicilio.

- Remises: Sólo trasporte de personas con permiso de circulación y con el máximo de dos pasajeros.

- Servicios de mantenimiento y emergencias de infraestructura (albañiles, plomeros, electricistas gasistas, cerrajeros): De 8 a 17 horas, sólo en casos de necesidad urgente y con protocolos de Covid-19 exigidos.

- Servicio de desmalezamiento: De 8 a 18 horas, sólo los sábados.

- Aserraderos y fábricas de productos de madera: De 7 a 17 horas.

- Empresas maquinarias agrícolas: De 7 a 17 horas.

- Peritos y liquidadores de seguros: Solo modalidad online, incluso para pagos.

- Oficinas rentas Provincial y Municipal: Sistemas de turnos y guardias mínimas.

- Mutuales y Cooperativas de crédito, Bancos: Con turno previo, según Resolución del Banco Central, N° A 6958.

- Establecimientos con actividades de cobranza de servicios e impuestos: De 8 a 14 horas, con protocolo específico, previa autorización municipal. 

- Actividad Registral nacional y provincial: Sistema de turnos y guardias mínimas.

- Proveedores de internet: De 8 a 17 horas, para cobro de cuotas únicamente.

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