Recusaciones presentadas por el Dr. Oscar Parrilli

El miércoles 8 de febrero el Dr. Oscar Parrilli formuló sendas recusaciones a los Dres. Martín Irurzun y Claudio Bonadío por las causales que se explican:

PARRILLI1

En el caso del Dr. Martín Irurzun se trata de dos causas en las que podría tener que intervenir

 dado que integra la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal: la CFP 7992/2016/3/CA1 en la que se debe tratar la recusación del Dr. Claudio Bonadío y la CFP 481/2016 en la que se debe tratar la recusación del Dr. Ariel Lijo.

La solicitud se funda en que es necesario el apartamiento del Dr. Martín Irurzun, sin que ello importe menoscabar nombre y honor del que goza, para garantizar la plena objetividad en las decisiones jurisdiccionales que se adopten, ya que es Director General de la Dirección de Captación de Comunicaciones del Poder Judicial de la Nación y por ende una de las autoridades responsables de la custodia de las escuchas que se filtraron a la prensa.

El decreto 256/15 atribuyó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación la administración del Departamento de Interceptaciones telefónicas y las Acordadas de la Corte nros. 45/15, 2/16 y 30/16 reglamentaron la decisión decretal, y establecieron pautas normativas de funcionamiento de la oficina, estableciendo que en el marco de toda interceptación telefónica invasiva de la intimidad en causa criminal, se garantice la exclusiva custodia, reserva absoluta y confidencialidad de las escuchas. Esas loables y obvias aspiraciones de custodia no han sido respetadas aquí, puesto que se han producido filtraciones escandalosas en una oficina cuya autoridad ejercía el Dr. Irurzun.

Las presentaciones pueden descargarse de:

1) https://www.dropbox.com/s/0b3o4x3o0g5afzh/parrilli%20-%20recusa%20IRURZUN.pdf?dl=0

2) https://www.dropbox.com/s/rzza0i04pchy8xn/parrilli%20-%20recusa%20IRURZUN%20-%202.pdf?dl=0

En el caso del Dr. Claudio Bonadío, en el marco de la causa CFP 7992/16 se solicita a la Cámara que revoque la decisión del Dr. Bonadío de negar acceso a las fotocopias del expediente y declare la nulidad de la convocatoria para prestar declaración indagatoria del día 30/12/2016 ya que por dicha negativa el Dr. Parrilli y su abogado no tuvieron la posibilidad de analizar los tres cuerpos de la causa (más sus anexos documentales) más que en la mesa de entradas como dispuso el Juez.

La presentación puede descargarse de: https://www.dropbox.com/s/62och9vjt3ejngg/parrili%20-%20apela%20bonadio%20nulidad%20de%20indagatoria.pdf?dl=0