Nuevo ajuste desde Pami limita la entrega de medicamentos gratis

Afiliados del PAMI que tengan prepaga, auto modelo menor a 10 años, más de 1 propiedad, y cobren sus haberes previsionales por encima del valor de 1,5 sobre la mínima (8.491,70 pesos mensuales) dejarán de acceder al derecho de inclusión para el subsidio de cobertura total de medicamentos.

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Este ajuste se suma al que se realizó en abril de 2016, hace 7 meses, a través de la resolución 439 del Instituto Nacional Seguridad Social para Jubilados y Pensionados (INSSJP), cuando se eliminaron 160 medicamentos de la lista que se proveían en forma gratuita para los afiliados.

Oportunamente, a través del titular del organismo, Carlos Regazzoni, el instituto justificó la medida aduciendo que “hay medicamentos que no tienen sentido que se den gratuitos” y que se buscaba “justicia, equidad, eficacia y racionalidad del gasto”.

Ahora, con la nueva disposición (0005-17), el PAMI lleva adelante un nuevo ajuste, a través del cual el actual gobierno restringirá más derechos de jubilados y pensionados y afectará al sector de los afiliados por una suma estimativa en 1.600 millones de pesos, que según las declaraciones de Regazzoni sería un ahorro para el organismo.

REQUERIMIENTOS DE LAS NUEVAS DECLARACIONES JURADAS (ANEXO I – DISPOSICIÓN CONJUNTA Nº 0005-17)

Para acceder a los medicamentos al 100 % de cobertura por razones sociales, los afiliados al Instituto deberán:

-Tener Ingreso menor o igual a 1,5 haberes previsionales mínimos.

-No estar afiliados a un sistema de medicina prepaga concomitantemente con la afiliación al Instituto.

-No encontrarse incurso en alguno de los siguientes supuestos: Ser propietarios de más de un inmueble; poseer un vehículo de menos de 10 años de antigüedad (a menos que posean un certificado de discapacidad); poseer aeronaves o embarcaciones de lujo.

De no cumplir con los 2 primeros puntos, y siendo el costo en bolsillo de los medicamentos indicados para su tratamiento igual o mayor al 5 % de sus ingresos, podrá solicitar la cobertura al 100% en medicamentos por razones sociales a través de un mecanismo de vía de excepción en el que se requerirá y evaluará: Informe social (Disposición 7339/GPSyC/13) y la escala de vulnerabilidad Socio-sanitaria (Disposición 306/GPSyC/05) Revalidación médica.

DESDE CUÁNDO Y CÓMO SE APLICA LA NUEVA DISPOSICIÓN

Los afiliados podrán tener el derecho de acceder a medicamentos al 100 % bonificados hasta que venza la última declaración jurada de cada uno/a. Como el trámite es personal e individual, al momento de renovar la Declaración Jurada sólo podrán mantener sus derechos quienes puedan cumplir con los requisitos antes mencionados.

Finalmente, al momento de solicitar la medicación en las farmacias, los/as farmaceúticos/as seguirán con la misma modalidad de la autorización de la receta en forma online.

NO SE RESUELVEN LOS PROBLEMAS CON LAS FARMACIAS

En otro orden, los farmacéuticos siguen recibiendo de PAMI los pagos en forma interrumpida y con mucho atraso, motivo por el cual a veces el servicio se corta en algunas farmacias.

El gran impedimento para destrabar el conflicto es que desde el PAMI mantienen los acuerdos de pago directamente con los laboratorios y no con los farmacéuticos.

Según informaron desde el área de Servicios Sociales del Colegio de Farmacéuticos de Rosario II Circunscripción, desde el PAMI vienen prometiéndole una reunión a los farmacéuticos para resolver el problema de atraso en los pagos. La fecha del compromiso para el 31 de enero ha sido nuevamente postergada para fines de febrero.

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