Inscripciones a la Primera Convocatoria de ''Festivales Argentinos''

Pueden anotarse, hasta el 26 de enero, organismos públicos (provinciales o municipales) y personas jurídicas sin fines de lucro que en el marco de su objeto social contemplen la realización de fiestas, festivales y eventos culturales.

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Hasta el martes 26 de enero se encuentran abiertas las inscripciones a una convocatoria que brinda apoyo económico para la realización de fiestas, festivales y eventos culturales en todas las provincias y municipios del país, programadas entre el 19 de marzo y el 30 de junio de 2021, con público presencial o no presencial. Debido al contexto sanitario actual, sólo podrán postularse aquellas celebraciones que, en la fecha prevista para su realización, cuentan con un protocolo sanitario vigente aprobado por las autoridades provinciales y/o nacionales según corresponda.

El Programa “Festivales Argentinos” es una iniciativa de la Dirección de Acción Federal, dependiente de la Secretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura de la Nación, y constituye una política pública para todo el territorio nacional destinada a fomentar la organización de celebraciones culturales de carácter popular, con el objetivo de potenciar las capacidades de gestión local, el desarrollo de las economías regionales y el turismo cultural.

Los festivales son expresiones fundamentales para el ejercicio efectivo de los derechos culturales, ya que facilitan el acceso y el disfrute de los bienes simbólicos al público, y promueven la creación, circulación y distribución de producciones de las diversas disciplinas, géneros y estilos artísticos que existen en todo el país.

En este sentido, se pretende potenciar las características de cada celebración para favorecer su difusión, inserción territorial y el interés por parte de nuevos públicos; pensando en su sostenibilidad a lo largo del tiempo.

La convocatoria está dirigida a organismos públicos (provinciales o municipales) y a personas jurídicas sin fines de lucro (asociaciones civiles, fundaciones, mutuales, cooperativas, clubes, etc.) que en el marco de su objeto social contemplen la realización de este tipo de celebraciones. Las personas jurídicas deberán estar constituidas en el país y desarrollar su actividad con sede permanente dentro del territorio nacional.

Se valorarán especialmente aquellas fiestas que impulsen expresiones culturales emergentes, que contribuyan a la circulación federal de públicos y contenidos, y que trasciendan el momento escénico, promoviendo la construcción de ciudadanía cultural mediante la participación comunitaria (clínicas, talleres, conversatorios, ferias, etc.).

Etiquetas: Festivales Argentinos