07/02/1962 - Bloqueo comercial, económico y financiero de Estados Unidos a Cuba

Las acciones ejercidas por el gobierno J. F. Kennedy no se enmarcan en la definición de “embargo”: Cuba no es deudora de los Estados Unidos y no ha cometido algún delito que autorice el secuestro y liquidación de sus bienes a favor de los Estados Unidos.

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El 7 de febrero de 1962, el entonces Presidente de los Estados Unidos, J. F. Kennedy, declara el bloqueo total contra Cuba. Los antecedentes de dicha ley se remontan al año 1959 cuando Estados Unidos empieza a aplicar políticas de bloqueo contra Cuba, dirigidas esencialmente a socavar puntos vitales de la defensa y la economía cubanas. 

Las acciones ejercidas contra Cuba por el gobierno de los Estados Unidos no se enmarcan en la definición de “embargo”: Cuba no es deudora de los Estados Unidos y no ha cometido algún delito que autorice el secuestro y liquidación de sus bienes a favor de los Estados Unidos. Cuba no ha sido ni es una amenaza para la seguridad de los Estados Unidos, por lo cual resulta contrario a la ley internacional la pretensión de aplicarle medidas de legítima defensa. Los Estados Unidos emplea la figura del “embargo” para no reconocer que aplica a Cuba medidas de tiempo de guerra, de una guerra no declarada contra el pueblo de Cuba. Por otra parte, el “aislamiento, la asfixia y la inmovilidad” a la que someten a Cuba sí tipifican un “bloqueo”, lo que significa cortar, cerrar, incomunicar con el exterior para lograr la rendición del país por la fuerza o por el hambre.