Autorizan las actividades religiosas

El Decreto Nº 881 habilita la realización de actividades religiosas en iglesias, templos y lugares de culto, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos.

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El Decreto Nº 881, firmado el miércoles 16 por el gobernador Omar Perotti, autoriza la realización de actividades religiosas en iglesias, templos y lugares de culto, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos.

La norma, vigente en todo el territorio provincial hasta el viernes 25 de junio inclusive, establece que la habilitación se encuentra sujeta a la implementación y cumplimiento de los siguientes protocolos específicos:

- Apertura de 9 a 19 hs.

- Concurrencia utilizando elementos de protección de nariz, boca y mentón.

- Permanente ventilación de los espacios.

- Densidad de ocupación de una persona cada 2 metros cuadrados de espacio circulable, con un aforo del 30 % de ocupación máxima de la superficie.

- Disponiendo las actividades o celebraciones con una pausa que permita la desinfección del local y de los elementos de uso habitual previo a la realización de la siguiente programada.

- Adecuación de las actividades de los dependientes a los protocolos específicos de la actividad, aprobados por la autoridad sanitaria y del trabajo.

- Colocación de dispensers con alcohol en gel o soluciones sanitizantes similares y elementos para limpieza y sanitización del calzado.

- Delimitación y señalización del sector de bancos o butacas, a los fines de asegurar que entre las personas se respeten 2 metros de distanciamiento.

- Colocación de cartelería con recomendaciones; y señalizaciones en los bancos o butacas, recordando el distanciamiento social recomendado. En aquellos lugares en donde se pudieran formar filas de personas (baños , entradas , salidas etc.), demarcación en el piso de la distancia a guardar entre las personas.