Pueden anotarse, hasta el 26 de enero, organismos públicos (provinciales o municipales) y personas jurídicas sin fines de lucro que en el marco de su objeto social contemplen la realización de fiestas, festivales y eventos culturales.
Pueden anotarse, hasta el 26 de enero, organismos públicos (provinciales o municipales) y personas jurídicas sin fines de lucro que en el marco de su objeto social contemplen la realización de fiestas, festivales y eventos culturales.